2020-12-01-09:34:04 1.130
Mediante el decreto No 119 del 27 de noviembre de 2020 el alcalde de Tame, Aníbal Mendoza Bohorquez, informó que se permite la venta y consumo de bebidas embriagantes a la mesa en establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurantes y bares, como plan piloto, con sujeción al cumplimiento de los protocolos de bioseguridad adoptados por las normas nacionales, departamentales y municipales.
Esto lo podrán realizar los establecimientos que presten el servicio de restaurantes y bares y que estén previamente autorizados. Los horarios establecidos para este plan piloto son: De domingo a jueves entre las 10:00 a.m. y las 12:00 a.m.; viernes y sábado entre las 10:00 a.m. y las 2:00 a.m.; y los domingos (si el siguiente día es lunes festivo) entre las 10:00 a.m. y las 2:00 a.m.
Los requisitos para hacer parte del plan piloto son:
1- Cumplir con las normas de uso de suelo.
2- Tener vigente la matrícula mercantil de la Cámara de Comercio.
3- Cumplir con los horarios establecidos para la actividad económica desarrollada.
4- Cumplir condiciones de bioseguridad.
5- Desarrollar el objeto realizado en la matrícula mercantil.
6- Registro para participar en el plan piloto.
7- Envíos de los protocolos de bioseguridad ajustados a las resoluciones 666 y 1569 del Ministerio de Salud, a la Secretaría de Bienestar Social de la Alcaldía del municipio de Tame.
8- Firma del ‘Acta de compropiso de cumplimiento’.
9- Correcto y permanente diligenciamiento de la ‘planilla de control de ingreso al establecimiento’.
El plazo estipulado para la duración del plan piloto será desde hoy hasta el 8 de enero de 2021, con posibilidad de prórroga por parte de la administración municipal.
La Secretaría de Bienestar Social de la Alcaldía municipal de Tame, la Secretaría de Gobierno y Concivencia Ciudadana y las autoridades de polícia serán las encargadas de la inspección y vigilancia del cumplimiento de las medidas adoptadas.